Cómo dar de alta a los cuidadores en la Seguridad Social

Aquí puedes ver como tramitar el alta en la Seguridad Social por tus propios medios desde el ordenador.

Aunque puedes acudir a una gestoría para dar de alta a los cuidadores en la Seguridad Social, en MayoresEnFamilia.com queremos enseñarte el procedimiento para que puedas hacerlo por tus propios medios y así ahorrar algún dinero. Verás que para los casos más habituales no es tan complicado como podría pensarse. En esta entrada te indicaremos el procedimiento para el alta (para la baja puedes acceder aquí). Entra y te enseñaremos como hacerlo paso a paso.

Hasta no hace mucho también se podía acudir presencialmente a las oficinas de la Seguridad Social para realizar estos trámites de forma gratuita, pero si acudes allí últimamente suelen pedirte que realices el trámite a través de Internet, o que uses uno de los ordenadores que tienen en las oficinas al servicio del público (lo que al fin y al cabo viene a ser lo mismo); así que nuestro consejo es que en la medida de lo posible aprendas a hacer el trámite por tus propios medios.

El procedimiento es sencillo. Es posible que al verlo aquí por primera vez te parezca algo engorroso, pero no te asustes: cuando lo hagas en la práctica verás que en realidad es bastante sencillo. Te recomendamos al menos intentarlo; si ves que te sobrepasa o no tienes tiempo para esto siempre podrás acudir a la gestoría en cualquier caso.

ADVERTENCIA: Recuerda que es obligatorio dar de alta a las personas que contratemos en la Seguridad Social antes de que empiecen a trabajar. No hacerlo es ilegal, y puede causarnos perjuicios graves. Ten en cuenta también que aunque una persona esté prestando servicio en varios hogares, todos los titulares de esos hogares están obligados a dar de alta a la persona en la Seguridad Social. Es decir, el que la persona ya este dada de alta en la Seg. Social no te exime de hacerlo a ti también.

El procedimiento que explicamos aquí requiere el registro previo en el llamado «sistema cl@ve”. Este sistema permite el acceso por ordenador a diferentes servicios de la Administración Pública. El sistema es muy útil, no solo para realizar los trámites de alta y baja de cuidadores que describimos aquí, sino para realizar otros muchos trámites con la administración (por ejemplo, presentar la declaración de la renta). Cuando te registras proporcionas el número de tu teléfono móvil, de forma que cada vez que quieras hacer un trámite con la administración recibirás un mensaje en el móvil con un código que te permitirá identificarte y acceder de manera segura.

Si aún no te has dado de alta en el sistema “cl@ve” puedes hacerlo fácilmente mediante el procedimiento que se explica en este sitio web. No obstante, además del sistema cl@ve, la Seguridad Social también admite otros métodos de acceso, tales como el DNI electrónico o disponer de un certificado digital. En cualquier caso, como decimos, en esta entrada asumiremos que utilizaremos el sistema “cl@ve”, ya que consideramos que es uno de los más sencillos.

Si es la primera vez que realizas el trámite necesitarás obtener también el “código de cuenta cotización” (CCC) de la Seguridad Social. Es simplemente un código numérico (parecido al número del DNI, pero específico de la Seguridad Social). Repetimos: se debe solicitar solamente en caso de no tenerlo ya. Para solicitarlo puedes acudir presencialmente a la oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social más cercana (puedes ver aquí las direcciones), pero también se puede obtener en la sede electrónica de la Seguridad Social con el sistema “cl@ve” que comentábamos antes (enlace aquí).

Una vez que tengamos activado el sistema «Cl@ve» y dispongamos de CCC podremos realizar el procedimiento del alta. Seguidamente te indicamos los pasos que debes realizar:

Paso 1. Acceder a la Sede Electrónica de la Seguridad Social en https://sede.seg-social.gob.es y desde allí entrar en la sección de «Ciudadanos»:⠀

CONSEJO: si estás en el móvil seguramente verás mejor esto con la pantalla en horizontal 😉 .

Paso 2. Seleccionar la opción de «Afiliación e Inscripción»:

Paso 3. Aparecerá un desplegable con diferentes opciones. Seleccionar «Alta en Sistema Especial para Empleados de Hogar«:

Paso 4. Se mostrarán diferentes opciones de acceso al sistema. Tal y como hemos explicado arriba en nuestro caso seleccionaremos el sistema «Cl@ve»:

Paso 5. Aparecen diferentes opciones para acceder al sistema cl@ve. En nuestro caso seleccionamos el sistema «Cl@ve PIN»:

Paso 6. Esto nos dirigirá a la página web de la Agencia Tributaria, dónde se nos solicitará nuestro DNI y su fecha de vencimiento. Cuando lo hayamos introducido pulsamos en «Continuar»:

Paso 7. Una vez validado el DNI aparecerá la imagen que se muestra abajo. Aquí simplemente pulsamos en «Obtener PIN» para que el sistema nos asigne un Número de Identificación Personal (PIN por sus siglas en inglés):

Paso 8. Aparecerá la imagen que se muestra con nuestro DNI y un código que se habrá generado («WYLI» en la imagen):

Para seguir necesitamos introducir el PIN que debemos generar desde el teléfono móvil. Para esto hay dos opciones: la difícil, que consiste en descargar una APP para el movil que permite generar los códigos. Para ello hay que escanerar con el móvil el código QR que aparece en esta pantalla… y LA FÁCIL, que consiste simplemente en esperar un ratito (como un minuto apróximadamente); ahora verás por qué…

Paso 9. Si en el paso anterior simplemente esperaste un ratito verás que al poco tiempo aparece un nuevo mensaje en la pantalla que nos dice que podemos solicitar el código que nos falta mediante el envío de un SMS:
Es decir, el sistema nos enviará el PIN que necesitamos por un SMS sin que tengamos que instalar nada más (por eso esta era la opción fácil). Una vez que recibamos el PIN en el móvil lo introducimos el la web y pulsamos «Acceder».

Paso 10. Si todo ha ido bien en este paso ya estaremos dentro de la sede electrónica de la Seg. Social y podemos comenzar con el proceso del alta en sí (los pasos anteriores eran realmente solo para entrar en la «oficina electónica»). Aquí marcamos la opción de «solicitud formulada por el/la empleador/a»:

Paso 11. En la siguiente pantalla nos piden los datos iniciales: el número de la Seguridad Social de la persona que queremos dar de alta y su DNI o NIE. También nuestro Código de Cuenta de Cotización (CCC):
El código de cuenta de cotización que nos piden aquí es el que mencionábamos arriba y que necesitas solicitar a la Seguridad Social la primera vez que quieras dar de alta a alguien.

Paso 12. La siguiente pantalla es simplemente una pantalla de confirmación en la que aparecen nuestros datos (CCC y dirección) y los de la persona que queremos contratar:
La pantalla da la opción de modificar los datos por si hubiese alguno que no es correcto. Como se ve se distingue el «domicilio de la actividad» y el «domicilio de la empresa». En nuestro caso lo normal es que ambos sean los mismos.

Paso 13. Otra pantalla de confirmación. En este caso también aparecen nuestros datos de contacto (teléfonos fijo, móvil y e-mail):

Paso 14. Esta pantalla es importante. Aquí aparecen los datos de la cuenta del banco sobre la que nos cargarán las cuotas de la Seguridad Social. Nos piden el número de cuenta y los datos del titular:
(obviamente esto se refiere a nuestra cuenta, no la de la persona que vayamos a contratar).

Paso 15. Esta pantalla es muy importante. Aquí debemos introducir los datos principales de la relación laborar (fecha de alta, retribución, horas de trabajo, tipo de contrato…):
Aúnque pueda parecer un poco complicado en realidad solo se trata de poner aquí los datos que hayamos acordado para el contrato.

EJEMPLO: Imagina que contratas a una persona por 10€ la hora para hacer 4 horas por semana de lunes a viernes. En el campo «salario por hora» pondremos los 10€ y en el campo «número de horas de trabajo por semana» habrá que poner obviamente 20 horas (4h x 5 días a la semana). Luego, para el «número de horas de trabajo mensual» pondremos esas 20 horas multiplicadas por 4,3 (que es el número de semanas que tiene un mes de promedio: 52 semanas que tiene un año entre 12 meses = 4,3). En nuestro caso: 20h x 4,3 = 86 horas al mes. Finalmente la «retribución mensual» serán 10€ x 86 horas = 860€. Tendrás que desoxidar un poco «las mates», pero como ves son cálculos sencillos. En cualquier caso, si te equivocas, la web te dará un error si te sale un salario inferior al SMI establecido ;-).

Paso 16. Esto es simplemente una pantalla de confirmación. Si no se ha detectado ningún error en los datos introducidos antes se nos dice que se va a proceder a emitir el alta:

Paso 17. Último paso. Aquí se nos dice que efectivamente se ha procesado el alta y se nos da la opción de descargar un justificante en formato PDF. Conviene que descargues el PDF como justificante y que le entregues una copia a la persona contratada para que vea que efectivamente le hemos dado de alta.

Con esto terminaría el proceso de alta. Efectivamente podría ser más sencillo, pero bueno, cuando lo hagas verás que tampoco es tan difícil.

Recuerda que el alta se debe tramitar antes del inicio de la actividad laboral (la antelación máxima es de 60 días). El proceso de baja es mucho más sencillo; puedes echar un vistazo en nuestra siguiente entrada.

¿Quieres recibir información sobre próximas entradas? Suscríbete aquí:

Una respuesta a «Cómo dar de alta a los cuidadores en la Seguridad Social»

Deja un comentario

En este sitio usamos cookies para brindarle una mejor experiencia de navegación web. Si continúa utilizando este sitio asumimos que acepta el uso de esos cookies. Para mayor información puede consultar nuestra política de privacidad aquí. Muchas gracias.
Aceptar